IV Convención de Periodistas de España
Información, ciudadanía y derechos
Nos hemos reunido en Gijón doscientos periodistas de todo
el Estado para analizar y debatir alguna de las demandas que más
preocupan a los informadores y, también, a la ciudadanía.
Desde Cádiz 1998 hasta Gijón 2005, las organizaciones
más representativas de la profesión periodística
han demostrado capacidad para trabajar, acordar y proponer en un ámbito,
el de la comunicación, que no siempre recibió las iniciativas
profesionales con la madurez que cabría esperar en una sociedad
abierta y democrática. La información, las condiciones
de trabajo de quienes ejercen este oficio, los medios públicos
de comunicación, el desarrollo contractual y legislativo del
artículo 20 de la Constitución, la complicidad de la
ciudadanía con el pluralismo y la veracidad de la información
o la mirada crítica hacia la función profesional, han
protagonizado las reflexiones y documentos de las Convenciones Estatales
de Periodistas. Esta que ahora clausuramos ha sido, sin duda, la que
ha estado precedida de mayor polémica corporativa, -polémica
que continuará-, no por la evolución de sus debates,
sino por la desmesurada reacción de grupos empresariales y
editoriales contra la Proposición de Ley del Estatuto del Periodista
Profesional. Una reacción que habrá que combatir con
inteligencia y responsabilidad.
El Estatuto del Periodista Profesional
La IV Convención de Periodistas de España celebrada
en Gijón, no ha querido escapar al debate que se cierne sobre
el EPP. No vamos a trivializar las denuncias y opiniones críticas
que se han vertido sobre el EPP, sobre todo cuando el mismo y a propuesta
de IU-ICV, superó la primera barrera legislativa y se convirtió
en Proposición de Ley. Queremos seguir construyendo el mayor
consenso posible y ello exigirá de todos, también de
las organizaciones que integramos el Foro y que hemos elaborado la
propuesta de EPP, un esfuerzo de generosidad y voluntad unitaria.
Tan rotundos somos al realizar esta afirmación como contundentes
seremos en la defensa de unos derechos directamente vinculados al
ejercicio del periodismo en condiciones laborales y profesionales
dignas. Todos los intentos hasta la fecha se habían estrellado
contra el muro del poder empresarial y la negativa de los grupos parlamentarios
mayoritarios, fuertemente ‘contagiados’ por aquellos.
“La información es poder” y lamentablemente, ese
poder, en no pocas ocasiones, sirve a intereses inconfesables que
tanto daño causan a esta profesión. Ahora el poder ve
amenazadas sus exclusivas prerrogativas y reacciona con furia ante
una proposición que parte del convencimiento, como se advierte
en la introducción del Estatuto, de que la independencia de
los periodistas es la mejor garantía para el derecho del público
a ser informado, y por eso desarrolla un conjunto de facultades que
afirman esa independencia frente al poder político y busca
un equilibrio con la propia independencia editorial de las empresas
informativas.
No sorprenden las opiniones editoriales de ciertos medios de comunicación,
extremadamente celosas con el ideario empresarial de sus accionistas.
Causan sonrojo y estupor otras declaraciones que han creído
descubrir en “autorregulación” –sería
más preciso, en este caso, el término “autocontrol”-
la piedra filosofal de nuestro bienestar profesional. “La mejor
ley de información es la que no existe” sugieren, en
medio del aplauso patronal que ha actuado a sus anchas en un mercado
laboral desregulado y únicamente sujeto a las normas y leyes
de sus Consejos de Administración. Nadie más que el
Foro de Organizaciones de Periodistas ha defendido la autorregulación
como instrumento de acción laboral, profesional y deontológica.
Pero acaso cree alguien que la autorregulación es hoy posible
sin un marco legislativo que la garantice ? Nosotros sabemos, por
experiencia, que no.
Insistimos. El Foro quiere un EPP con dos objetivos básicos:
el derecho de los informadores a ejercen su profesión en condiciones
laborales y profesionales dignas; y el derecho de la ciudadanía
a recibir información honesta y veraz. Cualquier otro propósito
atribuido al EPP, además de una burda manipulación de
su texto, revela hasta que punto los partidarios de la “ley
de la selva” exhiben su apetito fiscalizador. La autorregulación,
en su boca, es un sarcasmo y hemos de actuar con firmeza para derrotar
democráticamente esta maniobra.
Como señalamos en la carta abierta a los medios de comunicación,
es lógico que el debate acerca del contenido del EPP provoque
opiniones diversas. Es la esencia de la democracia. Lo que sorprende
es la insoportable manipulación de lo que dice y de los objetivos
que persigue. Algo que cabría esperar de quienes siempre vieron
la democracia como un mal menor, pero no de aquellos que la consideran
imprescindible para la existencia de ciudadanos y ciudadanas libres.
La regulación laboral de los periodistas
Condiciones de trabajo dignas y derechos profesionales son dos caras
de la misma moneda. Un estatuto profesional que no se asiente en una
cada vez mayor estabilidad laboral, será un instrumento legal
de eficacia limitada. Por ello se propone avanzar simultáneamente
en derechos profesionales y laborales.
Las condiciones laborales de los periodistas se han deteriorado en
los últimos años. El afán desregulador de los
propietarios de los medios de comunicación, la aparición
de nuevas técnicas de trabajo y el fuerte aumento de licenciados
en Periodismo formados en las Facultades de Ciencias de la Información,
han contribuido a generar mayor inestabilidad, abuso de figuras de
contratación de dudoso anclaje legal, bajos salarios, largas
jornadas y degradación general de los derechos de los trabajadores.
La Ley de Derechos Laborales pretende salir al paso de esta situación.
Para asegurar la calidad de trabajo de la información y la
independencia de los periodistas es necesario garantizar unas condiciones
laborales dignas. El trabajo de los periodistas a la pieza, adquiere,
en este sentido, especial importancia De ahí, que en la Ley
se proponga regular por las partes, en el ámbito de la negociación
colectiva, el trabajo de los periodistas a la pieza con el objeto
de acomodar en lo posible la situación de estos trabajadores
a la del resto de la redacción. El ámbito de aplicación
de esta ley no puede ser otro que el de los trabajadores de la información
que están empleados en las empresas de comunicación.
Periodismo y sociedad
El Foro de Organizaciones de Periodistas entiende la información
como una actividad de interés público, alejada de la
información como mercancía, siempre sujeta a las leyes
del mercado, y de la información como propaganda, instalada
en la larga onda del discurso del poder. Una idea de la información
que exige la plena garantía de los derechos de los ciudadanos,
porque de lo contrario se estaría quebrando la calidad de la
democracia.
Ya es una idea consensuada que los medios de comunicación
ocupan el centro del poder político contemporáneo. Más
aún. Son las instituciones de las que depende cada vez más
la capacidad educativa y persuasiva de los ciudadanos. Es decir, su
capacidad perceptiva e interpretativa, ya que es a través de
los medios como se accede al nivel de conocimiento que cualquier persona
precisa para satisfacer activa y críticamente –no como
simple consumidor, sino como sujeto de derechos y deberes en el ámbito
social al que pertenece- las expectativas que una sociedad cada vez
más compleja va provocando en ella y en las demás personas
con las que se identifica y se siente solidario.
Como se afirma en el preámbulo del EPP, el artículo
20 de la Constitución Española no contempla como sujetos
específicos a los profesionales de la información. No
obstante, el legislador constituyente remitió al ordinario
la regulación de algunos de los elementos típicos de
un estatuto profesional de los periodistas: la cláusula de
conciencia y el secreto profesional. Nuestra jurisprudencia constitucional
ha precisado que los periodistas no tienen en este campo privilegio
alguno frente a los derechos del resto de los ciudadanos, pero sí
que al ejercicio de su derecho puede serle dado una cierta preferencia,
justamente, “en virtud de la función que cumple, en aras
del deber de información constitucionalmente garantizado”.
Es igualmente jurisprudencia bien asentada interpretar el requisito
de veracidad de las informaciones como un deber de diligencia profesional.
Existe, por tanto, base constitucional para la promulgación
de un Estatuto del Periodista Profesional, cuya finalidad sea servir
al derecho de la ciudadanía a ser informada, garantizando la
independencia de los informadores. Derechos de la ciudadanía
y derechos de los informadores que convergen al servicio de la democracia.
Apostamos, en definitiva, por medios de comunicación que participen
activamente, junto con otros actores sociales representativos en la
constitución de una nueva cultura política ciudadana,
que estimule la conciencia sobre los derechos y deberes que tienen
los seres humanos, por el hecho de serlo, y fortalezca asimismo el
sentimiento de pertenencia a una sociedad abierta y participativa.
Mujer y medios de comunicación
La participación de las mujeres como profesionales en los
medios de comunicación, es una realidad, pero rodeada de tantas
discriminaciones que requiere una actuación contundente de
las organizaaciones sindicales y profesionales, de los poderes públicos,
de las propias mujeres, de los hombres y de la sociedad en general.
Porque:
• Apoyamos las “cuotas” como instrumento para vencer
la histórica discriminación profesional de las mujeres.
• Ocupar puestos de responsabilidad en redacciones y medios
de comunicación, no puede ser a costa de renunciar a derechos
tan elementales como la vida familiar y personal.
• No podemos obviar la invisibilidad de las mujeres y la distorsión
de la imagen que transmiten hoy en día los medios de comunicación.
• El lenguaje y la imagen son los cauces de comunicación
con la sociedad. Es necesario intervenir para evitar estereotipos
sexistas.
• La incorporación laboral de las mujeres en los medios
no puede estar unida a la precariedad laboral y profesional. Necesitamos
que legalmente se regule.
• Solicitamos la participación activa de nuestros compañeros
y colegas, para abordar esta transformación enriquecedora de
cuantos integramos la profesión periodística.
RECOMENDACIONES:
• Comités de empresa y de redacción, como mejores
instrumentos para favorecer la incorporación de las mujeres
en puestos de responsabilidad, y en condiciones de igualdad.
• Que las organizaciones sindicales y porofesionales establezcan
criterios de paridad a la hora de configurar sus organos de dirección
y representación.
Los medios públicos de comunicación
La Constitución proclama el pluralismo político como
un valor superior, que debe ser garantizado por los poderes públicos.
El Foro de Organizaciones de Periodistas suscribe la reflexión
contenida en el Protocolo 27 del Tratado por el que se establece una
Constitución Europea cuando consagra que “el sistema
de radiodifusión pública de los Estados miembros está
directamente relacionado con las necesidades democráticas,
sociales y culturales de cada sociedad y con la necesidad de preservar
el pluralismo de los medios de comunicación”. Es decir,
en la medida en que se realice una función de servicio público,
los medios audiovisuales de comunicación de propiedad estatal
en sentido amplio (incluyendo, por tanto, los medios autonómicos,
comarcales y locales) encuentran amparo a su existencia en el propio
tratado constitucional europeo.
La IV Convención de Periodistas de España participa
de un modelo de medios públicos de comunicación plenamente
independientes del Gobierno, dotados de una programación de
calidad con fuerte presencia de producción estatal y europea,
una gestión profesional y una financiación mixta y responsable.
Unos medios públicos que para garantizar la independencia informativa
contarán con Consejos de Redacción, y Consejos Asesores
para canalizar la participación de la sociedad civil y el derecho
de acceso de los grupos sociales significativos en sus respectivos
ámbitos.
El carácter de servicio público de estos medios, muchas
de cuyas funciones no debieran ser ajenas a los medios privados, exige
la inmediata creación de un Consejo Audiovisual que sería
el responsable de velar por la naturaleza, gestión y programación
de los medios públicos.
Si reclamamos la independencia de los medios en relación con
los gobiernos y los poderes económicos, también debemos
reclamar independencia de los profesionales para ejercer sus funciones
con libertad. El ejercicio de la profesionalidad comporta la necesidad
de instrumentos de autorregulación interna en las propias empresas
audiovisuales públicas.
Finalmente, la Convención cree que el empleo en los medios
públicos de comunicación guarda relación directa
con el incremento de porcentajes de producción propia por parte
de los programadores y emisores de radio y televisión; un marco
normativo que estimule el empleo estable, y la generalización
de la negociación colectiva para conseguir una regulación
satisfactoria y un nivel de empleo adecuado y de calidad.
Gijón, 6 de noviembre de 2005